Por Stan Norman
Proceso legal mediante el cual una persona recibe a otra en su familia y le confiere privilegios y ventajas familiares. El “adoptante” asume responsabilidades de padre hacia el “adoptado”. El “adoptado”, en consecuencia, se considera un verdadero hijo, y se convierte en beneficiario de todos los derechos, los privilegios y las responsabilidades correspondientes a los hijos de la familia.
Raras veces se hace referencia a la adopción en el AT, cuya ley no contenía legislación específica sobre la adopción de hijos. Además, el idioma hebreo no posee ningún término técnico para nombrar esta práctica. Su ausencia explicita entre los israelitas probablemente se explique en parte por las alternativas que existían para los matrimonios que no podían tener hijos. El matrimonio de levirato restringía la necesidad de adoptar, y el principio de mantener la propiedad dentro de la tribu (Lev. 25:23-34; Núm. 27:8-11; Jer. 32:6-15) aliviaba algunos temores de los padres que no tenían hijos.
Aunque la adopción no se menciona en forma manifiesta en el AT, sí existen alusiones al concepto. Jacob le declara a José: “Y ahora tus dos hijos Efraín y Manasés, que te nacieron en la tierra de Egipto, antes que viniese a ti a la tierra de Egipto, míos son; como Rubén y Simeón, serán míos” (Gn. 48:5). La noción de la condición de hijo para Yahveh desempeñaba un papel crucial en la identidad de la nación de Israel basada en el pacto. “Y dirás a Faraón: Jehová. ha dicho así: Israel es mi hijo, mi primogénito. Ya te he dicho que dejes ir a mi hijo, para que me sirva” (Ex. 4:22-23). La idea también se encuentra entre los profetas: “Cuando Israel era muchacho, yo lo amé, y de Egipto llamé a mi hijo” (Os. 11:1). La adopción como concepto relacionado con el pacto se aplicaba a los israelitas en un sentido de unidad corporativa; no se percibía como la adopción de los israelitas individualmente.
El concepto de adopción halla su plena expresión en el NT. En el pensamiento de Pablo incluye diversas implicancias. En Rom. 9:4, la adopción se refiere a la relación exclusiva de Israel con Yahveh; en Rom. 8:23, tiene connotaciones en cuanto a la futura resurrección corporal, y en Rom. 8:15, alude a convertirse en hijos de Dios. Por lo tanto, como hijos de Dios, el Espíritu Santo (1) da testimonio en el corazón de los creyentes de que son “hijos de Dios” (Rom. 8:16); (2) obra en el corazón de los creyentes haciendo posible la intimidad con Dios como Padre (Gál. 4:6), y (3) proporciona una guía personal cuando los creyentes andan “conforme al Espíritu” (Rom. 8:4). Pablo hace un contraste entre la relación única que se le confiere al creyente mediante la obra de adopción de parte de Dios, y la correspondiente al esclavo que vive, trabaja y se relaciona en base al temor (Rom. 8:15). Los que han sido adoptados por Dios dentro de su familia son “herederos con Dios” y “coherederos” con Cristo, y reciben todas las bendiciones, los beneficios y los privilegios obtenidos mediante el sacrificio del Hijo de Dios (Rom. 8:17).
Aunque Pablo fue quien mayormente desarrolló el tema de la adopción, ciertos aspectos de este concepto se hallan en otros lugares del NT. Está implícita en la enseñanza de Jesús acerca de Dios como Padre (Mat. 5:16; 6:9; Luc. 12:32). El otorgamiento de los beneficios familiares a un adoptado es una expresión de la autoridad de la Palabra Viviente (Juan 1:12) y está en concordancia con Su misión de llevar “muchos hijos a la gloria” (Heb. 2:10). En consecuencia, Jesús no se avergüenza de llamar “hermanos” a los creyentes (Heb. 2:11).
La adopción se convierte en la manera fundamental en que los creyentes viven y se relacionan con Dios y con los demás creyentes. La adopción es una acción del Padre (Gál. 4:6; Rom. 8:15) y se basa en el amor divino (Ef. 1:5; 1 Jn. 3:1). La base de esta actividad de Dios es la obra expiatoria de Jesucristo (Gál. 3:26). Abarca el ser pacificadores (Mat. 5:9), y alienta al creyente a volverse semejante a Cristo (1 Jn. 3:2). Como expresión de la relación familiar, Dios como Padre disciplina a Sus hijos (Heb. 12:5-11). Los creyentes deben considerar miembros de la familia de Dios a todos los que han llegado a Cristo por gracia por medio de la fe (1 Tim. 5:1-2).
Artículo extraído del Diccionario Bíbico Ilustrado Holman.
Foto por dylan nolte en Unsplash
Hola José Maria, es correcta tu apreciación…y además lo has indicado bien, en lo humano. Por tanto, con esta misma división te respondo:
En lo humano no se puede cambiar lo que ha nacido de carne, y no es el objetivo de la adopción… pero quien decide adoptar, acepta a es@ niñ@ con todas las consecuencias de su manutención,educación y guía, además de aportarle legalmente todos los derechos EXACTAMENTE IGUAL que a un hijo engendrado incluidos los hereditarios(no es poca cosa). Llevará los apellido del padre y de la madre adoptivos y no habrá diferencias.
En lo espiritual, lo que es nacido de la carne es carne, y lo que es nacido del espíritu, es espíritu. Si Dios te acoge(en el espíritu, pues El es espíritu, hará nacer un espíritu nuevo en ti y serás HIJO absolutamente de Dios, sin ninguna diferencia,pues la carne pasará a ser polvo,pero ese Espíritu permanecerá, y lo hará con El y en El. Podrás encontrar en el Nuevo Testamento (Jn1:12-13) que el que crea en Jesús tendrá la potestad de ser hecho Hijo de Dios, por lo que no debes preocuparte nunca más de esa división, pues Dios mismo no la hace.
Espero haberte ayudado con la respuesta.
Un saludo!
Hola a todos, mi comentario es el siguiente y quisiera que otros puedan hacer su aporte al respecto, para mi existe una gran DIFERENCIA entre ser adoptado y ser hijo, porque enterminos humanos una persona adoptada permanece en esa condición de por vida y nunca su situacion es cambiada a hijo engendrado.
Hola José Maria, es correcta tu apreciación…y además lo has indicado bien, en lo humano. Por tanto, con esta misma división te respondo:
En lo humano no se puede cambiar lo que ha nacido de carne, y no es el objetivo de la adopción… pero quien decide adoptar, acepta a es@ niñ@ con todas las consecuencias de su manutención,educación y guía, además de aportarle legalmente todos los derechos EXACTAMENTE IGUAL que a un hijo engendrado incluidos los hereditarios(no es poca cosa). Llevará los apellido del padre y de la madre adoptivos y no habrá diferencias.
En lo espiritual, lo que es nacido de la carne es carne, y lo que es nacido del espíritu, es espíritu. Si Dios te acoge(en el espíritu, pues El es espíritu, hará nacer un espíritu nuevo en ti y serás HIJO absolutamente de Dios, sin ninguna diferencia,pues la carne pasará a ser polvo,pero ese Espíritu permanecerá, y lo hará con El y en El. Podrás encontrar en el Nuevo Testamento (Jn1:12-13) que el que crea en Jesús tendrá la potestad de ser hecho Hijo de Dios, por lo que no debes preocuparte nunca más de esa división, pues Dios mismo no la hace.
Espero haberte ayudado con la respuesta.
Un saludo!